Testamento Vital (I)
CÉSAR PAZ Y MIÑO
cpazymino@telegrafo.com.ec
La Sociedad
Ecuatoriana de Bioética organizó en días pasados un
foro para analizar fundamentos, preceptos y
postulados del Testamento Vital (TV), o documento de
voluntades anticipadas o registro de instrucciones
previas. El TV es un manifiesto escrito que hace un
individuo en plenas funciones vitales e
intelectuales sobre el destino de los tratamientos,
acciones médicas y procedimientos que se le deben
proporcionar u omitir en caso de que él no esté en
condiciones de decidir sobre su cuerpo, justamente
por su estado de salud física o mental. En concreto,
el TV es un documento de automática autorización a
los médicos a no reanimar a un individuo en estado
de coma, o no practicar procedimientos cruentos para
salvarle la vida, como pueden ser respiración
asistida, resucitación cardiopulmonar, cirugías u
otros métodos que contravengan la decisión del
paciente de no aplicar “tecnociencia abusiva” en
enfermedades terminales o en el final de la vida.
El TV persigue la muerte digna u ortotanasia,
incluyendo los cuidados paliativos.
El TV fue
adoptado por primera vez en 1961 en Chicago y la ley
cuida que se lo cumpla. Este derecho del paciente ha
trascendido tanto que en muchos países lo han
aprobado incluso representantes oficiales
religiosos. En la modalidad típica, el individuo lo
firma en el momento previo a un procedimiento
médico; forma parte de la historia clínica. La
posibilidad de que un familiar próximo o una junta
médica asuma esta responsabilidad como representante
legal, es todavía una aspiración sólo aceptada por
algunos países. Un beneficio colateral de declarar
el TV es la donación expresa de órganos.
Muchos países contemplan en sus leyes el TV para
enfermedades como daño cerebral severo e
irreversible, tumor maligno diseminado en fase
avanzada, enfermedad degenerativa del sistema
nervioso o del sistema muscular en fase avanzada,
con importante limitación de la movilidad y falta de
respuesta positiva al tratamiento especifico, si lo
hubiere; demencias preseniles, seniles o similares;
enfermedades o situaciones de gravedad comparables a
las anteriores. El TV libera a los médicos de
responsabilidad por la no actuación en los casos que
hay una petición de esta clase.
El Testamento Vital no existe en el Ecuador. Los
prejuicios morales y religiosos lo han vedado. La
doble y retrógrada moral de algunos sectores de la
sociedad ecuatoriana, ha hecho que se dilate
innecesariamente la agonía de pacientes terminales o
con muerte cerebral. El mantener vivo a un individuo
sin posibilidad de recuperación, el conocido
“encarnizamiento médico o ensañamiento terapéutico”,
tiene costes sociales económicos elevadísimos pero,
sobre todo, crea conflictos psicológicos familiares
e individuales graves que rodean la voluntad de una
muerte digna. El aferramiento psicológico al ser
querido, postrado e inconsciente, la “satisfacción
de su presencia” a toda costa, atenta contra los
derechos del individuo enfermo, inerte e
incomunicado. Justo esto es lo que pretende evitar
el Testamento Vital y es una de las reivindicaciones
individuales que debemos reclamar, empezando por
contar con una ley que lo contemple.